El 16 de septiembre forma parte de los días de descanso obligatorio contemplados por la Ley Federal del Trabajo. Esta fecha se relaciona con la celebración del inicio de la Independencia nacional.
Los trabajadores que deban prestar sus servicios durante ese día tienen derecho a recibir una compensación adicional. La disposición está contemplada en el artículo 75 de la legislación laboral.
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El pago incluye el salario diario habitual más una cantidad equivalente al doble por haber trabajado. De esta manera, la remuneración total corresponde a tres salarios diarios.
Además, la ley establece una prima dominical cuando un descanso obligatorio coincide con domingo. En 2026, esta situación no aplicará al 16 de septiembre.

